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	<title>Abogados Jiménez Bustamante | </title>
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	<description>Abogados y Asesores en Cáceres</description>
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		<title>En este país llamado España: La lucha de unas madres contra Hacienda</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2024/01/16/en-este-pais-llamado-espana-la-lucha-de-unas-madres-contra-hacienda/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jan 2024 15:48:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Dieter Brandau analiza la iniciativa para conseguir que Hacienda reconozca a las familias que llevan a sus hijos a determinadas guarderías. Noticia de La Noche de Dieter &#8211; esRadio]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Dieter Brandau analiza la iniciativa para conseguir que Hacienda reconozca a las familias que llevan a sus hijos a determinadas guarderías.</strong></p>
<p><iframe src="https://esradio.libertaddigital.com/fonoteca/embed/7087386.html" width="100%" height="40" frameborder="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>Noticia de <a href="https://esradio.libertaddigital.com/fonoteca/2024-01-15/en-este-pais-llamado-espana-la-lucha-de-unas-madres-contra-hacienda-p37-s6656273-7087386.html" target="_blank" rel="noopener">La Noche de Dieter &#8211; esRadio</a></p>
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		<title>La consejera de Hacienda gana la batalla a la Agencia Tributaria</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2024/01/16/la-consejera-de-hacienda-gana-la-batalla-a-la-agencia-tributaria/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jan 2024 15:43:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Un pleito impulsado por Elena Manzano cuando era profesora de la UEx extiende la deducción por maternidad en el IRPF en las guarderías de toda España La consejera extremeña de Hacienda, María Elena Manzano, está detrás de la sentencia del Supremo que ha permitido extender...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Un pleito impulsado por Elena Manzano cuando era profesora de la UEx extiende la deducción por maternidad en el IRPF en las guarderías de toda España</strong></p>
<p class="v-p">La consejera extremeña de Hacienda, María Elena Manzano, está detrás de la sentencia del Supremo que ha permitido extender la deducción por maternidad en el IRPF a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería.</p>
<p class="v-p">Ella, cuando todavía era profesora titular de Derecho Financiero y Tributario de la UEx, entendió que el criterio de la Agencia Tributaria sobre este asunto era erróneo. Por eso, creó la Asociación Gastos Guardería IRPF, que contrató al bufete de abogados de Cáceres Jiménez Bustamante para defender el caso de una madre de Cantabria que se encontraba en esta situación. Según informa este despacho de abogados en una nota, la Agencia Tributaria le denegó a la afectada el derecho al incremento de 1.000 euros anuales de bonificación estatal en el IRPF porque la guardería en la que estaba matriculada su hija en Camargo (Santander) no estaba en el listado de centros autorizados por la Comunidad Autónoma de Cantabria.</p>
<p class="v-p">En sus redes sociales, Manzano ha afirmado este viernes: «Ganamos!!!! Tras más de cuatro años de lucha, hoy se ha hecho justicia tributaria. El Tribunal Supremo ha corregido el grave error del gobierno de Sánchez de exigir autorización de la administración educativa competente para que las madres podamos aplicarnos la deducción por gastos en guarderías de 1000 euros en el IRPF. La conciliación se defiende así y con el gobierno de la Presidenta María Guardiola se reforzará con creces en Extremadura. Lo logramos! Gracias a todas las madres que han luchado a mi lado y a María y a Antonio [los abogados] por la dedicación y el apoyo máximo. Qué alegría!».</p>
<p class="v-p">En su nota, los letrados recuerdan que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria otorgó el derecho a la citada deducción, porque esta tiene un carácter universal estatal, es decir, aplicable a cualquier guardería, aunque no tenga autorización autonómica como centro de educación infantil, pues las guarderías sólo deben cumplir los requisitos de apertura y funcionamiento según la legislación aplicable.</p>
<p class="v-p">Añade Jiménez Bustamante que desde 2018, a la deducción de 1.200 euros al año en la declaración de la Renta por maternidad aplicable a todas las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, deben sumarse otros 1.000 euros por gastos en guardería que no todas se desgravan. «Hacienda devuelve a las madres este dinero, pero en la mayoría de los casos, solo lo hace si el centro tiene autorización autonómica, a pesar de su carácter universal estatal, y por tanto, aplicable a cualquier guardería, aunque no tenga autorización autonómica como centro de educación infantil. De hecho, a esta madre trabajadora cántabra, la Agencia Tributaria le denegó el derecho al incremento de esos 1.000 euros anuales porque la guardería no estaba en el listado de centros autorizados»</p>
<p class="v-p">Sin embargo, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, fija como doctrina jurisprudencial que: «La expresión &#8216;guarderías o centros de educación infantil autorizados&#8217; contenida en el artículo 81.2, párrafo 1º, de la Ley del IRPF [&#8230;] debe entenderse en el sentido de que la autorización exigida por el citado precepto a las guarderías o centros de educación infantil no es la otorgada por la Administración educativa correspondiente, que tan solo será exigible a los centros de educación infantil, sino la que resulte precisa para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, según las disposiciones normativas aplicables a este tipo de centros. Por consiguiente, la sentencia recurrida es conforme a esta doctrina jurisprudencial y no ha lugar al recurso de casación de la Administración estatal.»</p>
<p class="v-p">«Hay miles de madres afectadas en todo el país y animamos a todas las madres trabajadoras a solicitar esta deducción, así como a la rectificación de las declaraciones de IRPF desde 2019, ya que las de 2018 ya han prescrito», asegura el despacho de abogados.</p>
<p>Noticia de <a href="https://www.hoy.es/extremadura/consejera-hacienda-gana-batalla-agencia-tributaria-20240112143239-nt.html?gig_actions=sso.login&amp;gig_enteredFromComponent=fromLoginClick" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Diario HOY (se abre en una nueva pestaña)">Diario HOY</a></p>
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		<title>El Supremo extiende la deducción por maternidad en el IRPF a los gastos de custodia en guardería</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2024/01/16/el-supremo-extiende-la-deduccion-por-maternidad-en-el-irpf-a-los-gastos-de-custodia-en-guarderia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jan 2024 15:31:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Unifica el criterio de los tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración El Tribunal Supremo (TS) ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia en...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Unifica el criterio de los tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración</strong></p>
<p>El Tribunal Supremo (TS) ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia en guardería. Así lo dispone la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una<span class="apple-converted-space"> </span><strong><a href="https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2024/01/Sentencia-deduccion-IRPF-guarderias.pdf" target="_blank" rel="noopener">sentencia dictada el pasado 8 enero (7/2024)</a></strong>, resolviendo de esta forma uno de los aspectos más controvertidos del derecho a la deducción fiscal por maternidad prevista en la<span class="apple-converted-space"> </span><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764" target="_blank" rel="noopener"><strong>Ley del IRPF.</strong></a></p>
<p>Con este resolución y<span class="apple-converted-space"> </span><strong><a href="https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2024/01/Sentencia-deduccion-IRPF-guarderias-2.pdf" target="_blank" rel="noopener">otra de la misma fecha (8/2024)</a></strong>, en la que rechaza un recurso de casación interpuesto por la Administración tributaria, el Supremo unifica el criterio de los tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración, permitiendo a todas las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que acudan a guarderías o centros de educación infantil<span class="apple-converted-space"> </span><strong>incrementarse la deducción en 1.000 euros.</strong></p>
<p>Ambas las firman los magistrados <strong>José Antonio Montero Fernández </strong>(presidente), <strong>Rafael Toledano Cantero </strong>(ponente), <strong>Dimitry Berberoff Ayuda, Isaac Merino Jara </strong>y <strong>Esperanza Córdoba Castroverde.</strong></p>
<p>Con estas sentencias, el Tribunal Supremo ha hecho Justicia tributaria», declara a <em>Economist &amp; Jurist</em> la abogada que ha llevado ambos casos, <strong>María Benito Calvo</strong>, quien ha asistido a una madre trabajadora de Extremadura y a otra Cántabra, respectivamente, a través de la Asociación de gastos de guardería del IRPF.</p>
<p>La primera afectada es profesora de la Universidad de Extremadura, titular de Derecho financiero y tributario, y consideraba que la interpretación restrictiva de derechos que hacía la Administración era discriminatoria, por lo que hizo una investigación sobre el asunto a nivel general y creó la citada asociación de madres afectadas. Fue en 2021 cuando llevó el caso a la Justicia.</p>
<p>«Llevábamos tres años peleando este asunto en los tribunales, y estamos muy satisfechos por haber conseguido este derecho para las miles de madres afectadas por todo el territorio nacional», señala María Benito, y anima a las perjudicadas a reclamar.</p>
<h3>Lo que sostiene la Administración tributaria para rechazar la deducción</h3>
<p>El caso analizado en la primera sentencia versa sobre la denegación de la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT) a una madre trabajadora del derecho al incremento de la deducción de maternidad hasta en 1.000 euros adicionales en el IRPF por los gastos de custodia en guardería de sus hijos menores de tres años. El Supremo ha anulado ahora dicha decisión.</p>
<p>La Administración tributaria alegaba, para rechazar la deducción por gastos en guardería, que sólo son deducibles los gastos de custodia abonados a guarderías <strong>que cuenten además de los permisos de funcionamiento propios de esta actividad, con una autorización como centro educativo otorgada por la Administración educativa</strong> competente.</p>
<p>Un criterio que se ha venido aplicando por la AEAT con carácter general desde la introducción de esta deducción en la ley del IRPF en 2018, y que se basa en una interpretación del <strong><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820" target="_blank" rel="noopener">Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</a></strong> que limita la obligación de emitir información fiscal para la deducción a los centros que cuenten con autorización de la administración educativa competente.</p>
<p>Como<strong> las guarderías, por lo general, no disponen de este tipo de autorización para impartir educación infantil, no pueden emitir la información fiscal correspondiente</strong>, y la Administración tributaria no admite que los gastos abonados a las guarderías se computen para obtener la deducción fiscal.</p>
<h3>Hacienda impone un requisito que no figura en la ley del IRPF</h3>
<p>El Supremo considera que al aplicar este criterio, Hacienda impone un requisito no establecido en la ley del  IRPF, que restringe las opciones de las madres trabajadoras para poder disfrutar de esta deducción. Y dictamina que los gastos de custodia <strong>serán deducibles, dentro de los límites legales, tanto si se abonan a guarderías como a centros de educación infantil, ya que la ley no condiciona los requisitos del centro</strong>en el que las madres trabajadores decidan contratar los servicios de custodia en el sentido pretendido por la AEAT.</p>
<p>El Alto Tribunal destaca que, en todo caso, “las guarderías deberán estar debidamente autorizadas, al igual que los centros de educación infantil “para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores, incluida la asistencia, cuidado y alimentación, pero que no resulta exigible legalmente que las guarderías en que las contribuyentes haya contratado estos servicios de custodia dispongan de autorización como centro educativo infantil.</p>
<p>Noticia de <a href="https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/el-supremo-extiende-la-deduccion-por-maternidad-en-el-irpf-a-los-gastos-de-custodia-en-guarderia/" target="_blank" rel="noopener">Economist &amp; Jurist</a></p>
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		<item>
		<title>Indemnizan a una novia por venderle el vestido descosido</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/06/indemnizan-a-una-novia-por-venderle-el-vestido-descosido/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 06 Mar 2020 12:17:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[El vestido de novia es quizá el complemento más importante del evento para la mujer que contrae matrimonio. Se emplea tiempo y dinero en elegir el más adecuado y en ajustarlo al milímetro para que quede perfecto y poder lucirlo ante la mirada de los...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El vestido de novia es quizá el complemento más importante del evento para la mujer que contrae matrimonio. Se emplea tiempo y dinero en elegir el más adecuado y en ajustarlo al milímetro para que quede perfecto y poder lucirlo ante la mirada de los invitados. Un momento único con el que seguro había soñado la afectada pero que se vio truncado porque el traje que recibió de la tienda donde lo adquirió no estaba bien rematado y acabó prácticamente descomponiéndose.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tal y como recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, compró un diseño de Jesús Peiró, de la colección Metrópolis, que le costó 2.190 euros. Durante varios meses concertó diferentes citas para ajustarlo a sus medidas corporales. En una de ellas se acordó que en la banda central llevaría cosidas unas copas que harían el efecto de un sujetador; pero, en una segunda prueba, se descartó esta opción al comprobar que deformaban la banda central. Al final se decidió ajustarlo a la zona del pecho en ambos laterales. Ya en la última cita la novia y sus acompañantes observaron que el vestido tenía hilos sueltos en la banda central. La modista dijo que se solucionaría.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.elperiodicoextremadura.com/noticias/caceres/indemnizan-novia-venderle-vestido-descosido_1222573.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="el Periódico Extremadura (se abre en una nueva pestaña)">el Periódico Extremadura</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Reclaman a la Junta 140.000 euros por el suicidio de una mujer</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/reclaman-a-la-junta-140-000-euros-por-el-suicidio-de-una-mujer/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 09:37:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Nacida en Navalmoral de la Mata, se quitó la vida con 39 años cuando estaba ingresada en un centro psiquiátrico]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El próximo 25 de marzo tendrá lugar un juicio, en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Mérida, en donde se pedirán responsabilidades a la Junta de Extremadura por la muerte de una interna del Hospital Psiquiátrico de esa ciudad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La fallecida es María L. L. L. y había nacido en 1976 en Navalmoral de la Mata. Cuando falleció estaba tutelada por la Junta de Extremadura, por la Consejería de Sanidad y Dependencia. Tenía esquizofrenia residual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El abogado que les representa es el letrado cacereño Juan José Jiménez Bustamante, que señala que han interpuesto una demanda de recurso contencioso administrativo, una vez que se había archivado la causa penal, viendo que había sido María L. la que había acabado con su vida, pese a estar atada, al poder llevarse los trozos de pañal a la boca. «La familia de María Luisa -dice Bustamante &#8211; considera que los servicios sociosanitarios de la Junta de Extremadura podrían, presuntamente, no haber actuado correctamente; eincluso de una manera negligente al no haber realizado el adecuado seguimiento y control de la enferma el día de los hechos y no haber seguido los protocolos pautados». Ella estaba vigilada porque ya había intentado quitarse la vida otras veces.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.hoy.es/caceres/reclaman-junta-140000-20200302003355-ntvo.html#vca=fixed-btn&amp;vso=rrss&amp;vmc=wh&amp;vli=Cáceres" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Diario HOY (se abre en una nueva pestaña)">Diario HOY</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Condenada a 2 años una funcionaria de Justicia por difundir datos judiciales de una ciudadana</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/condenada-a-2-anos-una-funcionaria-de-justicia-por-difundir-datos-judiciales-de-una-ciudadana/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 09:27:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Cáceres. El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a una funcionaria de Justicia como autora de un delito de acceso y difusión de información de un particular a una pena de dos años de prisión, una multa de 3.600 euros y...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Cáceres. El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a una funcionaria de Justicia como autora de un delito de acceso y difusión de información de un particular a una pena de dos años de prisión, una multa de 3.600 euros y la suspensión de empleo durante un año. Por otro delito continuado de amenazas leves en el ámbito de la violencia doméstica, la impone 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, no acercarse a menos de 200 metros a los denunciantes y no comunicarse con ellos por cualquier medio durante seis meses menos un día. Por un tercer delito continuado de injurias, la acusada tendrá que realizar 30 días más de trabajo en beneficio de la comunidad. La pena es menor que la que pedía la Fiscalía, que solicitaba para la mujer 3 años y 9 meses de prisión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El juzgado considera hechos probados que la inculpada envió una centena de wasaps a su exmarido -del que se había divorciado recientemente y que fue representado por Juan José Jiménez Bustamante- en los que le profería insultos como «cabrón», «drogadicto», «pervertido» o «chulo putas». Y que le anunció que había pedido 2.500 euros de adelanto para que les pegaran un tiro a él, a su compañera y a la hija de ésta, «que por 4.000 euros morirían él, su perra y el cachorro o que Cáceres era muy chico y que o morían la modelo y el cachorro o morían todos», recoge la sentencia. También se acredita que la mujer, aprovechándose de su puesto de funcionaria, le envió al marido dos fotografías extraídas de una captura de pantalla de su ordenador de trabajo, con información de una resolución judicial sobre su pareja.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.hoy.es/caceres/condenada-anos-funcionaria-20200207002811-ntvo.html#vca=fixed-btn&amp;vso=rrss&amp;vmc=wh&amp;vli=Cáceres" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Diario HOY (se abre en una nueva pestaña)">Diario HOY</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Piden pena de prisión a una funcionaria de justicia por revelación de secretos</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/piden-pena-de-prision-a-una-funcionaria-de-justicia-por-revelacion-de-secretos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 09:25:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Le acusan también de amenazar de muerte a su exmarido, a la nueva pareja de él y a la hija de esta, que es menor]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Una funcionaria de Justicia, destinada en Cáceres, será juzgada el 28 de enero de 2020 en el&nbsp;<strong>Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres</strong>&nbsp;acusada de amenazas, injurias y revelación de secretos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El ministerio fiscal tiene previsto solicitar que sea condenada a tres años y nueve meses de prisión, 30 días de localización permanente, estar un año y medio suspendida de empleo y pagar una multa de 3.600 euros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La acusación particular, representada por el abogado&nbsp;<strong>Juan José Jiménez Bustamante</strong>, solicita que se la condene a 10 años de prisión, 30 días de localización permanente, que se le suspenda de empleo tres años y que haga frente a una multa de 5.400 euros. Este letrado también pide que la funcionaria indemnice a las tres personas afectadas con un total de 28.000 euros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El abogado de la defensa niega los hechos de los que se le acusa y pedirá la absolución.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.hoy.es/caceres/piden-pena-prision-20191219214625-nt.html#vca=fixed-btn&amp;vso=rrss&amp;vmc=wh&amp;vli=Caceres" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Diario HOY (se abre en una nueva pestaña)">Diario HOY</a><br></p>
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			</item>
		<item>
		<title>El lunes juzgan a la mujer que casi mató a su marido con un cúter</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/el-lunes-juzgan-a-la-mujer-que-casi-mato-a-su-marido-con-un-cuter/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 09:18:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[La acusada se intentó suicidar tirándose por el balcón del piso y está parapléjica]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Intento de asesinato. Así está catalogado el juicio que tendrá lugar en la Audiencia de Cáceres el próximo lunes 24 de junio, en el que&nbsp;<strong>María del Carmen C. C.</strong>&nbsp;será acusada de haber&nbsp;<a href="https://www.hoy.es/caceres/mujer-ataca-marido-20171018161548-nt.html">intentado matar a su marido</a>&nbsp;en un&nbsp;<strong>ataque de celos</strong>.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según reconocen ella y su abogado, <strong>Juan José Jiménez Bustamante</strong>, al sufrir celopatía ella intentó acabar con la vida de su marido, clavándole cuatro veces un cúter en el cuello mientras tenían relaciones sexuales. Ocurrió el 18 de octubre de 2017. La mujer se intentó suicidar tirándose por el balcón del piso (un tercero), pero él la sujetó, aunque al final se cayó y está <strong>parapléjica</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.hoy.es/caceres/lunes-juzgan-mujer-20190620000520-ntvo.html#vca=eng-rrss&amp;vcm=amp&amp;vso=hoy&amp;vli=wh" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Diario HOY (se abre en una nueva pestaña)">Diario HOY</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Se salva de la cárcel por intentar matar a su pareja al estar «enferma de celos»</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/se-salva-de-la-carcel-por-intentar-matar-a-su-pareja-al-estar-enferma-de-celos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 08:50:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[El forense indica en su informe que padece celotipia, un trastorno delirante y depresivo . Le quiso cortar el cuello con un cúter y después se precipitó por una ventana]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Ocurrió a mediodía, hace casi dos años (el 18 de octubre del 2017). La mujer preparó todo para que su pareja creyese que quería mantener un encuentro íntimo con él en el salón. En cambio había escondido entre los cojines del sofá un cúter de doble hoja afilada, porque lo que buscaba en realidad era acabar con la vida de su compañero sentimental. Así, tras ganarse su confianza, y cuando ya estaban tendidos en el sofá, le pidió que le diera la espalda, para continuar con aquel encuentro sexual. En cuanto observó que su pareja ya no podía verla sacó el arma blanca que tenía escondida y se la clavó cuatro veces en el cuello. Le provocó heridas incisas en esa parte del cuerpo y en la región cervical.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A pesar de las lesiones logró incorporarse del sofá para solicitar ayuda. Consiguió incluso presionar el botón de auxilio del sistema de seguridad que tenían instalado en el domicilio pero no le sirvió de nada, ya que ella corrió tras él para impedirlo y reaccionó cortando los cables de la pared para que no pudiera pedir auxilio. Mientras el herido llamaba al 112 ella se dirigió a la cocina e intentó precipitarse por la ventana. Al percatarse él intentó impedirlo pero cayó a la calle, encima de un vehículo. Como consecuencia de esta acción la mujer tiene ahora problemas para caminar. Necesita una silla de ruedas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.elperiodicoextremadura.com/noticias/caceres/salva-carcel-intentar-matar-pareja-estar-enferma-celos_1170609.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="el Periódico Extremadura (se abre en una nueva pestaña)">el Periódico Extremadura</a></p>
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		<title>Prisión para el acusado de matar a un perro de una patada en Charca Musia de Cáceres</title>
		<link>https://abogadosjimenezbustamante.com/2020/03/04/prision-para-el-acusado-de-matar-a-un-perro-de-una-patada-en-charca-musia-de-caceres/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[bustamante]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 08:47:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[Ha sido condenado a cuatro meses, pero no irá a la cárcel al no tener antecedentes. El golpe le partió la vena cava del corazón y dejó al animal agonizando]]></description>
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<p class="wp-block-paragraph">Mientras intentaba ponerle el collar a su perra Kira en el interior de la nave que posee en Charca Musia, se le escapó. Salió corriendo hacia la calle y al doblar la esquina se cruzó con un joven que le dio una patada. El animal terminó falleciendo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los hechos, que han sido juzgados por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3, ocurrieron el pasado mes de febrero. El acusado, de 32 años, se encontraba en ese momento con otros dos perros y alegó en su defensa que el animal había ido hacia él en actitud violenta. Sin embargo un testigo de los hechos negó este extremo, asegurando que la perra se dirigió al acusado en actitud cariñosa, para saludarle.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La acusación particular, ejercida por el abogado cacereño Juan José Jiménez Bustamante, solicitaba para él 18 meses de prisión, cuatro años de inhabilitación especial para el trabajo o el contacto con animales, además de una indemnización por los daños morales causados. La Fiscalía solicitaba seis meses de prisión y dos de inhabilitación especial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Noticia de <a href="https://www.elperiodicoextremadura.com/noticias/caceres/prision-acusado-matar-perro-patada-charca-musia-caceres_1012821.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="el Periódico Extremadura (se abre en una nueva pestaña)">el Periódico Extremadura</a></p>
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