La consejera de Hacienda gana la batalla a la Agencia Tributaria

La consejera de Hacienda gana la batalla a la Agencia Tributaria

Un pleito impulsado por Elena Manzano cuando era profesora de la UEx extiende la deducción por maternidad en el IRPF en las guarderías de toda España

La consejera extremeña de Hacienda, María Elena Manzano, está detrás de la sentencia del Supremo que ha permitido extender la deducción por maternidad en el IRPF a los gastos de custodia de menores de tres años en guardería.

Ella, cuando todavía era profesora titular de Derecho Financiero y Tributario de la UEx, entendió que el criterio de la Agencia Tributaria sobre este asunto era erróneo. Por eso, creó la Asociación Gastos Guardería IRPF, que contrató al bufete de abogados de Cáceres Jiménez Bustamante para defender el caso de una madre de Cantabria que se encontraba en esta situación. Según informa este despacho de abogados en una nota, la Agencia Tributaria le denegó a la afectada el derecho al incremento de 1.000 euros anuales de bonificación estatal en el IRPF porque la guardería en la que estaba matriculada su hija en Camargo (Santander) no estaba en el listado de centros autorizados por la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En sus redes sociales, Manzano ha afirmado este viernes: «Ganamos!!!! Tras más de cuatro años de lucha, hoy se ha hecho justicia tributaria. El Tribunal Supremo ha corregido el grave error del gobierno de Sánchez de exigir autorización de la administración educativa competente para que las madres podamos aplicarnos la deducción por gastos en guarderías de 1000 euros en el IRPF. La conciliación se defiende así y con el gobierno de la Presidenta María Guardiola se reforzará con creces en Extremadura. Lo logramos! Gracias a todas las madres que han luchado a mi lado y a María y a Antonio [los abogados] por la dedicación y el apoyo máximo. Qué alegría!».

En su nota, los letrados recuerdan que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria otorgó el derecho a la citada deducción, porque esta tiene un carácter universal estatal, es decir, aplicable a cualquier guardería, aunque no tenga autorización autonómica como centro de educación infantil, pues las guarderías sólo deben cumplir los requisitos de apertura y funcionamiento según la legislación aplicable.

Añade Jiménez Bustamante que desde 2018, a la deducción de 1.200 euros al año en la declaración de la Renta por maternidad aplicable a todas las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, deben sumarse otros 1.000 euros por gastos en guardería que no todas se desgravan. «Hacienda devuelve a las madres este dinero, pero en la mayoría de los casos, solo lo hace si el centro tiene autorización autonómica, a pesar de su carácter universal estatal, y por tanto, aplicable a cualquier guardería, aunque no tenga autorización autonómica como centro de educación infantil. De hecho, a esta madre trabajadora cántabra, la Agencia Tributaria le denegó el derecho al incremento de esos 1.000 euros anuales porque la guardería no estaba en el listado de centros autorizados»

Sin embargo, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, fija como doctrina jurisprudencial que: «La expresión ‘guarderías o centros de educación infantil autorizados’ contenida en el artículo 81.2, párrafo 1º, de la Ley del IRPF […] debe entenderse en el sentido de que la autorización exigida por el citado precepto a las guarderías o centros de educación infantil no es la otorgada por la Administración educativa correspondiente, que tan solo será exigible a los centros de educación infantil, sino la que resulte precisa para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, según las disposiciones normativas aplicables a este tipo de centros. Por consiguiente, la sentencia recurrida es conforme a esta doctrina jurisprudencial y no ha lugar al recurso de casación de la Administración estatal.»

«Hay miles de madres afectadas en todo el país y animamos a todas las madres trabajadoras a solicitar esta deducción, así como a la rectificación de las declaraciones de IRPF desde 2019, ya que las de 2018 ya han prescrito», asegura el despacho de abogados.

Noticia de Diario HOY

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